Protección legal de información en los modelos SaaS y Cloud Computing
El SaaS (Software as a Service), enmarcado dentro del denominado “Cloud Computing”, implica un modelo de procesamiento de la información que conlleva la administración de la misma por terceros en centros de datos o servidores. Veamos el caso de la normativa argentina.La implementación de dicho modelo implica que el almacenamiento de la información deja de estar en cabeza del usuario, lo que requiere adoptar una serie de consideraciones significativas en lo que respecta a la seguridad de la información, haciendo hincapié, principalmente, al cumplimiento de las obligaciones legales relativas a la protección de datos personales.
Si tenemos en cuenta las disposiciones de la Ley 25.326, cuando se prestan servicios de almacenamiento de datos personales, nos encontraríamos ante la figura del tratamiento por cuenta de terceros. Así lo regula el Art. 25 de la Ley y del Decreto Reglamentario 1558/01.
Se dispone que el encargado de tratamiento es aquella persona que trata datos de carácter personal por cuenta y conforme a las instrucciones del titular de la base de datos, diferenciando esta figura de la cesión de datos. En este sentido, no se considera que exista cesión o comunicación cuando el acceso a los datos se realice para la presentación de un servicio con finalidad técnica determinado al responsable de la base.
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Fuente: http://www.peru-erp.com/
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